Opinión | VUELVA USTED MAÑANA

Malversación y corrupción

Una ley de amnistía fruto de la aritmética política, sin fundamento cierto en la solución de problema alguno, está en la base de la situación de confrontación que vivimos. Felipe González, no la ultraderecha, es y ha sido muy claro para sonrojo del socialismo español. En ese marco de ofertas y demandas se ha producido una despenalización acelerada de la malversación, que ya invade las leyes, a lo que hay que sumar la interpretación que el TC ha hecho de la responsabilidad política, que abre paso a la impunidad. Fuera de sus fundamentos teóricos la realidad es que niega el control de los actos políticos en un sistema en el que son los partidos los que invaden el sistema que, por ello, es solo formalmente democrático.

Paradigmático en este marco es lo dicho por Pedro Sánchez sin tapujos: el progresismo tiene la virtud de adaptar los principios a las necesidades, sin especificar qué se entiende por estas últimas. Los principios ceden ante los intereses y todo vale para colmarlos. Su relatividad confesa es lo que caracteriza al PSOE; el progresismo es solo en cada momento la palabra de su conductor y las instituciones se pliegan a su voluntad.

Los independentistas, por el contrario, son leales a sus principios, no los niegan u ocultan y pagan y están dispuestos a hacerlo sus fidelidades con la libertad. Enfrente, Sánchez opone intereses y contraprestaciones. Todo vale. Fiarse de él es el riesgo que corren quienes negocian con éste.

El TS ha decidido, como era previsible, que la malversación, en la forma prevista expresamente en la ley de amnistía, no alcanza a los líderes del movimiento secesionista de 2017. Y lo ha hecho manteniéndose fiel a la doctrina sentada anteriormente y pacífica sobre el alcance de este delito y el entendimiento de lo que significa «aprovechamiento en beneficio propio», sin mover una coma de lo que existía. Es decir, contra lo que sostiene el gobierno y sus aliados, el TS ha aplicado la ley y sólo la ley. Y la ley para todos, sin excepciones particulares o, lo que es lo mismo, la norma en la forma en que se aplica conforme al Código Penal.

Inmediatamente, han saltado los que ven en toda esta actuación móviles políticos, sin analizar la realidad, que no es otra que la mala técnica de una ley que era consciente de la dificultad de amnistiar la malversación en el marco europeo por tratarse de un delito vinculado a la lucha contra la corrupción. Sabía el legislador que no podía amnistiar el delito en toda su extensión e ideó un mecanismo que era inútil para evitar lo que era previsible. Era consciente de ello. Y estaban advertidos. Lo sabían. Y sabían que el Poder Judicial diría lo que ha dicho, que no podía decir otra cosa. Lo que está en juego con la deficiente técnica legislativa o con la intención de Sánchez, cualquiera sabe, es el concepto mismo de malversación, no su aplicación en este caso, pues aplicar la ley de amnistía como quiere el legislador exige modificar la ley en su sentido general, lo que excede una ley particular. Y esa modificación para el caso es imposible sin alterar lo general, lo que no puede hacer una norma limitada a una excepción. Así de simple.

Mala praxis legislativa, pues, uso de conceptos jurídicos que quieren ser removidos a su antojo atendiendo a la vaguedad del espíritu y la voluntad del legislador por encima del significado de los conceptos legales y todo ello por ser conscientes de que la malversación no es amnistiable y que choca la decisión con la legislación comunitaria y desprotege frente a la corrupción.

Algunos, precipitadamente, afirman que los tribunales, aunque la ley sea defectuosa, deben aplicarla obviando sus defectos y anteponiendo la voluntad del legislador, lo que quiso y no supo o no pudo. Olvidan muy pronto que muchas veces sucede exactamente lo que esta vez ha sucedido. Recordemos la ley del sí es sí y cómo se debió modificar la ley ante los errores del mismo legislador que ahora vuelve a errar siguiendo su costumbre de legislar mal, para unos pocos, no para la sociedad y subordinando s ambición al interés común.

Tiene una solución el gobierno en lugar de exigir obediencia: la de reformar la ley diciendo lo que quiere directamente y sin excusas. No lo va a hacer porque no puede. Y si no puede no parece razonable que lo exija al TS. Hágalo y acabará el problema. Asuman ustedes las exigencias o intereses políticos. No los trasladen a quien se somete a la ley. No se preocupen. Los suyos votarán lo que les digan.

Beneficio personal no significa solo que lo obtenido engrose directamente el patrimonio del autor, sino todo lo que le beneficie, de cualquier forma, derivado del acto de utilizar fondos públicos, de todos, para colmar una decisión personal y que no deja de estar perseguida por el carácter político de la decisión, máxime si la misma es delictiva. Beneficio no es sólo percibir fondos directamente, sino cualquier ventaja obtenida con la conducta malversadora y, no hay duda, los que incitaron el proceso independentista, los obtuvieron en muchas y variadas formas. En resumen: diga la ley que queda amnistiada la malversación para los líderes del proceso catalán, sin excepciones y se cumplirá el deseo de todos. O diga que por beneficio personal se entiende sólo la recepción de fondos de forma directa con exclusión de otros beneficios. Que conste en el precepto. Y los tribunales se someterán a esa norma. Así de fácil. No pueden y exigen a los tribunales que le hagan su tarea, sin entender que el Poder Judicial, a diferencia del Legislativo y las instituciones colonizadas es independiente. Para nuestra suerte.

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